El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos- Invima, informa a través de la Oficina de Asuntos Internacionales, que luego de armonizar los requisitos para el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Manufactura – BPM, se expide la resolución mediante la cual se aprueba la fabricación de productos cosméticos para la Comunidad Andina- CAN.

Este logro se da gracias al trabajo realizado durante varios años por la Comunidad Andina, y de esta manera se ve reflejado en la expedición del reglamento técnico de Buenas Prácticas de Manufactura – BPM, aprobado mediante la resolución No. 2206 del 17 de junio de 2021, emitido por la Secretaria General de la CAN y en el marco de la Presidencia Pro Tempore que preside Colombia en cabeza del Invima.

Cabe anotar que este reglamento se alinea a los estándares internacionales en materia de fabricación de cosméticos, permitiendo que los productos nacionales puedan llegar más fácil a terceros mercados. Así mismo, con esta nueva resolución se eliminan obstáculos técnicos al comercio, y se establece como un importante instrumento que permitirá a las autoridades sanitarias de cada país miembro de la CAN, ejercer con dinamismo y seguridad su actividad reguladora, referenciada en las buenas prácticas internacionales, como lo señala la norma ISO 22716:2007.

Con este logro, Invima recalca su compromiso con el sector, facilitando el comercio y garantizando a la ciudadanía productos de calidad, seguros y eficaces.